制宪会议的召开和选举:与构成权力的冲突

Dolis Sánchez
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摘要

《1999年宪法》明确规定,委内瑞拉人民有权召集制宪国民议会,不放贷”的其他要求委内瑞拉人民行使其权力的创造者”,就其序言,从而得出无法由normarlo的权力。本文在分析了真空的情况下举行,选举各委员会成员的机制,没有权力选举或者参与任何其他权力机构成立,为帮助辩论时必要的宪法框架内解决这一问题。这项研究的结论是,如果一个已建立的权力机构行使主权人民的组成权力,这无疑意味着对国家主权的抽象“保管机构”——人民的职能的篡夺。在这种情况下,最高法院和最高法院的裁决是不符合宪法的。
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Convocatoria y elección de una constituyente: colisión con el poder constituido
La Constitución de 1999, establece de manera expresa, el derecho del pueblo venezolano a convocar una Asamblea Nacional Constituyente, no previendo otro requisito distinto “al ejercicio por parte del pueblo de Venezuela, de sus poderes creadores”, como reza su Preámbulo, con lo que se deduce la imposibilidad del Poder Constituido de normarlo. En el presente artículo se analiza la circunstancia del vacío del mecanismo para dicha convocatoria y elección de sus integrantes, sin la participación del Poder Electoral ni de ningún otro órgano del Poder Constituido, para contribuir con el debate necesario que permita resolver el problema dentro del marco constitucional. La presente investigación concluye que, si un órgano de un Poder Constituido cualquiera ejerce los Poderes Constituyentes del Pueblo Soberano, eso implica sin lugar a dudas, una Usurpación de Funciones del abstracto “órgano depositario” de la Soberanía Nacional: El Pueblo. Y que su inconstitucional convocatoria por parte de un Poder Constituido puede ser recurrida ante la SC-TSJ.
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