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Autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes: procedimientos judiciales
Respecto a las autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes, se pueden aplicar diferentes procedimientos judiciales ante los Tribunales de la Jurisdicción de Protección de la Infancia y la Adolescencia, atendiendo a la existencia o no de acuerdos entre los progenitores o los representantes legales de éstos, para autorizar el viaje. Dependiendo de tal circunstancia, se dará lugar a la aplicación del procedimiento judicial correspondiente. La homologación judicial implica que ambos progenitores o representantes legales acuden ante el Tribunal de Protección para que mediante una sentencia -de homologación-, se autorice el viaje; el procedimiento de jurisdicción voluntaria significa que ambos padres están de acuerdo. No obstante uno de ellos no se encuentra en el país o en el lugar de residencia del niño, niña o adolescente, o está ilocalizable; y por último, el procedimiento ordinario (de naturaleza contenciosa) implica el desacuerdo entre los progenitores para autorizar el viaje