Fernando Guadalupe Flores Trejo, Martha Aurora Ramírez Espinoza
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Abstract
El Estado Constitucional se ha erigido como un baluarte esencial, que compagina en forma admirable el ordenamiento fundamental, los ordenamientos derivados del mismo y los derechos humanos. Respecto de éstos últimos deben destacarse los derechos vinculados con el acceso a la jurisdicción, así como los inherentes al proceso jurisdiccional y desde luego los relacionados con los medios de impugnación. No obstante, resulta sorprendente que algunos órganos legislativos locales, entre ellos, el Congreso de la Ciudad de México, prevenga en la Ley de Justicia Administrativa local, los requisitos de procedencia del recurso de revisión, cuando dicho medio de impugnación resulta improcedente de conformidad con la previsión de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos