Ronny Alexis Rivera Jordan, William Enrique Redrobán Barreto
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Abstract
La pena natural es el sufrimiento que experimenta el infractor como consecuencia directa de sus acciones delictivas. En el Ecuador, la norma establece que la pena natural se permite en las infracciones de tránsito, y cuando la víctima sea pariente del presunto infractor hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. El problema jurídico se cimenta en que existen otras infracciones culposas a más de las de tránsito en las cuales no es necesario la intervención del poder punitivo del Estado a través de una pena estatal, sino que, en base a los principios constitucionales de mínima intervención, humanidad, oportunidad y proporcionalidad es posible aplicar este instrumento jurídico. Además, de que existe un retroceso en la norma, pues el derogado Código de Procedimiento Penal contemplaba de forma implícita la aplicación de la pena natural en todas las infracciones culposas en las cuales las victimas fuesen parientes hasta el segundo grado de afinidad del autor. No obstante, con la promulgación del Código Orgánico Integral Penal se limita esta aplicación. El propósito de este trabajo es analizar la pena natural y su posible extensión al homicidio culposo. La metodología aplicada en este estudio es cualitativa. Los resultados demuestran que la pena natural puede ser aplicada a todas las infracciones culposas, garantizando de esta manera la dignidad humana de los individuos.