{"title":"etiquetado electrónico y la comercialización del vino en México.","authors":"Barney Oscar Cruz","doi":"10.20870/owl.2023.7819","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En México la normalización se plasma en tres tipos de normas: Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de carácter obligatorio, elaboradas por Dependencias del Gobierno Federal y Las Normas Mexicanas (NMX) de ámbito primordialmente voluntario, promovidas por la Secretaría de Economía y el sector privado, a través de los Organismos Nacionales de Normalización. Las Normas de referencia (NRF) aplicables a los bienes o servicios que se adquieren, se arrienden o se contraten, en ausencia de normas mexicanas o internacionales. El Marco legal aplicable a la normalización es de carácter Federal y corresponde a la Comisión Nacional de Normalización (CNN) la coordinación de la política de normalización a nivel nacional. La NOM-050-SCFI-2004 tiene por objeto establecer la información comercial que deben contener los productos de fabricación nacional y de procedencia extranjera que se destinen a los consumidores en el territorio nacional y establecer las características de dicha información. Se está trabajando en una propuesta de etiquetado electrónico para el vino en México, existe ya la NMX-R-116-SCFI-2021 INFORMACIÓN COMERCIAL-ETIQUETADO ELECTRÓNICO GENERAL DE PRODUCTOS-REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES. Esta Norma Mexicana establece los términos, especificaciones y requisitos para el uso del etiquetado electrónico como un método complementario y/o para la corrección de inexactitudes de información comercial del etiquetado físico para los productos en general, sujetos al campo de aplicación de una Norma Oficial Mexicana que establezca requisitos de información comercial, de fabricación nacional o de procedencia extranjera que se comercialicen en el territorio nacional.","PeriodicalId":164859,"journal":{"name":"Open Wine Law","volume":"21 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-10-13","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Open Wine Law","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.20870/owl.2023.7819","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
En México la normalización se plasma en tres tipos de normas: Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de carácter obligatorio, elaboradas por Dependencias del Gobierno Federal y Las Normas Mexicanas (NMX) de ámbito primordialmente voluntario, promovidas por la Secretaría de Economía y el sector privado, a través de los Organismos Nacionales de Normalización. Las Normas de referencia (NRF) aplicables a los bienes o servicios que se adquieren, se arrienden o se contraten, en ausencia de normas mexicanas o internacionales. El Marco legal aplicable a la normalización es de carácter Federal y corresponde a la Comisión Nacional de Normalización (CNN) la coordinación de la política de normalización a nivel nacional. La NOM-050-SCFI-2004 tiene por objeto establecer la información comercial que deben contener los productos de fabricación nacional y de procedencia extranjera que se destinen a los consumidores en el territorio nacional y establecer las características de dicha información. Se está trabajando en una propuesta de etiquetado electrónico para el vino en México, existe ya la NMX-R-116-SCFI-2021 INFORMACIÓN COMERCIAL-ETIQUETADO ELECTRÓNICO GENERAL DE PRODUCTOS-REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES. Esta Norma Mexicana establece los términos, especificaciones y requisitos para el uso del etiquetado electrónico como un método complementario y/o para la corrección de inexactitudes de información comercial del etiquetado físico para los productos en general, sujetos al campo de aplicación de una Norma Oficial Mexicana que establezca requisitos de información comercial, de fabricación nacional o de procedencia extranjera que se comercialicen en el territorio nacional.