Comentario a la sentencia rol Nº 894/EO-2017, del Tercer Juzgado de Policía Local de Arica, de 30 de octubre de 2017, “Renan Odon Baltazar Choque y Sernac con Distribuidora de Industrias Nacionales S.A.”
{"title":"Comentario a la sentencia rol Nº 894/EO-2017, del Tercer Juzgado de Policía Local de Arica, de 30 de octubre de 2017, “Renan Odon Baltazar Choque y Sernac con Distribuidora de Industrias Nacionales S.A.”","authors":"Felipe Ignacio Fernández Ortega","doi":"10.4067/s0718-68512019005000504","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El objetivo principal de este trabajo es examinar dos criterios que podrian justificar la vinculacion contractual de publicidades no vigentes a proposito de un fallo en concreto. El primero, la proteccion de las expectativas del consumidor en virtud del principio de la buena fe, atendiendo a la ubicacion de la publicidad y la esfera de control del proveedor. El segundo, el contenido informativo de la publicidad, ya que es preciso distinguir si el proveedor informo o no la vigencia de la promocion, pues si no se informo o se informo de manera imperfecta, el consumidor tiene derecho a exigir el cumplimiento de lo obligacion como le fue presentada; lo que implicaria sostener que la publicidad se integra al contrato.","PeriodicalId":186858,"journal":{"name":"Revista de derecho (Valparaíso)","volume":"61 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2019-12-01","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de derecho (Valparaíso)","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.4067/s0718-68512019005000504","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
El objetivo principal de este trabajo es examinar dos criterios que podrian justificar la vinculacion contractual de publicidades no vigentes a proposito de un fallo en concreto. El primero, la proteccion de las expectativas del consumidor en virtud del principio de la buena fe, atendiendo a la ubicacion de la publicidad y la esfera de control del proveedor. El segundo, el contenido informativo de la publicidad, ya que es preciso distinguir si el proveedor informo o no la vigencia de la promocion, pues si no se informo o se informo de manera imperfecta, el consumidor tiene derecho a exigir el cumplimiento de lo obligacion como le fue presentada; lo que implicaria sostener que la publicidad se integra al contrato.