{"title":"Autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes: procedimientos judiciales","authors":"Douglas Montoya","doi":"10.53766/esder/2022.01.01.06","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Respecto a las autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes, se pueden aplicar diferentes procedimientos judiciales ante los Tribunales de la Jurisdicción de Protección de la Infancia y la Adolescencia, atendiendo a la existencia o no de acuerdos entre los progenitores o los representantes legales de éstos, para autorizar el viaje. Dependiendo de tal circunstancia, se dará lugar a la aplicación del procedimiento judicial correspondiente. La homologación judicial implica que ambos progenitores o representantes legales acuden ante el Tribunal de Protección para que mediante una sentencia -de homologación-, se autorice el viaje; el procedimiento de jurisdicción voluntaria significa que ambos padres están de acuerdo. No obstante uno de ellos no se encuentra en el país o en el lugar de residencia del niño, niña o adolescente, o está ilocalizable; y por último, el procedimiento ordinario (de naturaleza contenciosa) implica el desacuerdo entre los progenitores para autorizar el viaje","PeriodicalId":345169,"journal":{"name":"Estado de Derecho: Rechtsstaat","volume":"143 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"1900-01-01","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Estado de Derecho: Rechtsstaat","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.53766/esder/2022.01.01.06","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Respecto a las autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes, se pueden aplicar diferentes procedimientos judiciales ante los Tribunales de la Jurisdicción de Protección de la Infancia y la Adolescencia, atendiendo a la existencia o no de acuerdos entre los progenitores o los representantes legales de éstos, para autorizar el viaje. Dependiendo de tal circunstancia, se dará lugar a la aplicación del procedimiento judicial correspondiente. La homologación judicial implica que ambos progenitores o representantes legales acuden ante el Tribunal de Protección para que mediante una sentencia -de homologación-, se autorice el viaje; el procedimiento de jurisdicción voluntaria significa que ambos padres están de acuerdo. No obstante uno de ellos no se encuentra en el país o en el lugar de residencia del niño, niña o adolescente, o está ilocalizable; y por último, el procedimiento ordinario (de naturaleza contenciosa) implica el desacuerdo entre los progenitores para autorizar el viaje